Los funcionarios públicos, según nuestro ordenamiento juridico, pueden estar contratados en calidad de planta o a contrata, entre otros. Los primeros son los que "mantienen la propiedad del cargo" y los segundos son contratados anualmente, es decir, sus contratos duran hasta el 31 de diciembre y deben ser renovados en cada anualidad.
A mi juicio, esto presenta dos problemas. En primer lugar, el funcionario no tiene toda la estabilidad que el quisiera, pues en cada fin de año tiene la incertidumbre respecto a su continuidad en una determinada institución.
Lo segundo, y donde me quiero detener, dice relación con el
Me toca dirigir uno de los servicios del sector justicia (del gobierno, no de los tribunales) que se llama Superintendencia de Quiebras y tiene como misión legal la fiscalización de la labor de los Síndicos, quienes en Chile son aquellos que administran las quiebras. Hoy dimos partida a 3 iniciativas que forman parte de nuestra nueva identidad y formarán la base de nuestra consolidación como organización pública moderna. Queda mucho por avanzar pero el recorrido del trayecto ya lo iniciamos. La primera iniciativa es un letrero. Si, un letrero. Es la fachada del edificio que habitamos como organización. Ocupamos el
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