Los funcionarios públicos, según nuestro ordenamiento juridico, pueden estar contratados en calidad de planta o a contrata, entre otros. Los primeros son los que "mantienen la propiedad del cargo" y los segundos son contratados anualmente, es decir, sus contratos duran hasta el 31 de diciembre y deben ser renovados en cada anualidad.
A mi juicio, esto presenta dos problemas. En primer lugar, el funcionario no tiene toda la estabilidad que el quisiera, pues en cada fin de año tiene la incertidumbre respecto a su continuidad en una determinada institución.
Lo segundo, y donde me quiero detener, dice relación con el volumen de documento que se usa para la renovación de estas "contratas", y la carga de trabajo extra, tanto para la institución que renueva esos contratos, como para la que los fiscaliza, en este caso, la Contraloría General de la República.
Por una parte, el servicio o institución que emite los documentos distrae recursos económicos, fisicos y humanos en un simple acto de renovacción de contrato; lo mismo sucede en la Contraloría General, en donde llega un enorme volumen de documentos con el sólo proposito de renovar por una anualidad la "contrata".
Además, si tomamos en cuenta que sobre el 80% de los funcionarios a contrata son renovados, tenemos que los recursos consumidos en este proceso, si bien se justifican, se podrian usar de una mejor forma si el diseño del procedimiento fuera mejorado y modificado.
Por ejemplo, en vez de que las contratas sólo duraran un año, se podría establecer el proceso invertido; es decir, que los funcionarios a contrata tengan una duración indefinida, o la misma duración anual pero con una renovación automática; de esa forma se ahorrariam todos los recursos de ese proceso, siendo necesario que el servicio o institución emita un documento formal sólo en el caso que se ponga termino a ese contrato; de esa forma también disminuye el volumen de los actos administrativos registrados por la Contraloría General, pudiendo abocarse de una mejor forma a tareas fiscalizadoras o donde hay más recursos involucrados.



Funcionarios a contrata
Carlos: Me parece un excelente tu aporte en el tema de fijar la mirada en el tema del impacto económico para el Estado, porque demuestra la absoluta incoherencia con las políticas actuales de racionalización en el uso de los recursos utilizando para ello, exclusivamente, el análisis económico, o más bien economicista, si quiesiéramos ser más exactos. El cálculo económico que tu planteas debería ser una exigencia de los gremios, que fijan la mirada, naturalmente, en el perjuicio de los funcionarios, factor que no ha sensibilizado nunca a la autoridad, como lo señala acertada pero emocionalmente erika el 26/08/2009 en este mismo blog. Si conocemos también al enemigo, ganaremos todas las batallas, según Tzun Zu. Una mirada al desarrollo histórico del derecho administrativo comparado, demuestra que Chile está en la etapa de la prerrevolución francesa, aún en el estado policial del rey o monarca y no en el estado de derecho actual, y en esa época, tal como en la actual, el derecho penal administrativo se sigue usando para gobernar, como lo demuestra el rezago de la potestad jurisdiccional al interior del ejecutivo. No lo digo yo, solamente repito las palabras del jurista y profesor Bordalí Salamanca. Me permitiré utilizar tu artículo en mi tesis de grado de derecho.